๐ฅ๐๏ธ๐๐ป๐๐ถ๐ด๐ฬ๐ฒ๐ฑ๐ฎ๐ฑ ๐น๐ฎ๐ฏ๐ผ๐ฟ๐ฎ๐น ๐ ๐ฐ๐ผ๐ป๐๐ฟ๐ฎ๐๐ผ๐ ๐๐ฒ๐บ๐ฝ๐ผ๐ฟ๐ฎ๐น๐ฒ๐ ๐ฒ๐ป๐ฐ๐ฎ๐ฑ๐ฒ๐ป๐ฎ๐ฑ๐ผ๐: โ๐๐ผ๐ฐ๐๐ฟ๐ถ๐ป๐ฎ ๐ฑ๐ฒ ๐น๐ฎ ๐๐ป๐ถ๐ฑ๐ฎ๐ฑ ๐ฒ๐๐ฒ๐ป๐ฐ๐ถ๐ฎ๐น ๐ฑ๐ฒ๐น ๐๐ถ๐ป๐ฐ๐๐น๐ผโ.โฃ
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๐๏ธLa ๐ท๐๐ฟ๐ถ๐๐ฝ๐ฟ๐๐ฑ๐ฒ๐ป๐ฐ๐ถ๐ฎ ๐๐ผ๐ฏ๐ฟ๐ฒ ๐น๐ฎ โ๐ฑ๐ผ๐ฐ๐๐ฟ๐ถ๐ป๐ฎ ๐ฑ๐ฒ ๐น๐ฎ ๐๐ป๐ถ๐ฑ๐ฎ๐ฑ ๐ฒ๐๐ฒ๐ป๐ฐ๐ถ๐ฎ๐น ๐ฑ๐ฒ๐น ๐รญ๐ป๐ฐ๐๐น๐ผโ analiza el reconocimiento o no de la totalidad de la carrera laboral de quien presta sus servicios de manera intermitente en una misma empresa. โฃ
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๐ยฟ๐ฆ๐ฒ ๐ฎ๐ฝ๐ฟ๐ฒ๐ฐ๐ถ๐ฎ ๐ณ๐ฟ๐ฎ๐๐ฑ๐ฒ ๐ฒ๐ป ๐น๐ฎ ๐ฐ๐ผ๐ป๐๐ฟ๐ฎ๐๐ฎ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐ผ ๐ป๐ผ?: Como punto de partida en dicha doctrina, el Tribunal Supremo distingue si se aprecia o no fraude en la contrataciรณn (STS 71/2022 de 26 enero (Rcud 4359/2019) entre otras)โฃ
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๐ ฐ๏ธ๐ฆ๐ถ ๐น๐ฎ ๐ฐ๐ผ๐ป๐๐ฟ๐ฎ๐๐ฎ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐๐ฒ๐บ๐ฝ๐ผ๐ฟ๐ฎ๐น ๐๐๐ฐ๐ฒ๐๐ถ๐๐ฎ ๐ป๐ผ ๐ต๐ฎ ๐๐ถ๐ฑ๐ผ ๐ณ๐ฟ๐ฎ๐๐ฑ๐๐น๐ฒ๐ป๐๐ฎ: se computa la totalidad del tiempo de prestaciรณn de servicios, a efectos de la antigรผedad, cuando ha existido la unidad esencial del vรญnculo, aunque haya habido interrupciones de menos de veinte dรญas y superiores a treinta dรญas, cuando la misma no es significativa, a efectos de romper la continuidad en la relaciรณn laboral existente (SSTS 984/2021 de 6 octubre (Rcud 984/2021) y de 21 de septiembre de 2017 (Rec 2764/2015) entre otras).โฃ
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๐ ฑ๏ธ๐ฆ๐ถ ๐๐ฒ ๐ฎ๐ฝ๐ฟ๐ฒ๐ฐ๐ถ๐ฎ ๐ณ๐ฟ๐ฎ๐๐ฑ๐ฒ ๐ฒ๐ป ๐น๐ฎ ๐ฐ๐ผ๐ป๐๐ฟ๐ฎ๐๐ฎ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐๐ฒ๐บ๐ฝ๐ผ๐ฟ๐ฎ๐น ๐๐๐ฐ๐ฒ๐๐ถ๐๐ฎ: el plazo de interrupciรณn ha de ser mayor para que merezca la consideraciรณn de significativo, a los efectos de impedir la aplicaciรณn de la doctrina de la unidad esencial del vรญnculo, en concordancia con la posiciรณn del TJUE, entre otras, en la STJUE de 4 de julio de 2006 (asunto Adeneler), interpretando el Anexo a la Directiva 99/70/CE, desde la รณptica de la lucha contra la precariedad en el empleo.โฃ
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๐๐ท๐ฒ๐บ๐ฝ๐น๐ผ ๐ฑ๐ฒ ๐ป๐ผ ๐ถ๐ป๐๐ฒ๐ฟ๐ฟ๐๐ฝ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐๐ถ๐ด๐ป๐ถ๐ณ๐ถ๐ฐ๐ฎ๐๐ถ๐๐ฎ ๐ฝ๐ผ๐ฟ ๐ณ๐ฟ๐ฎ๐๐ฑ๐ฒ: 3 meses y 18 dรญas (CT de 5 aรฑos): la STS 87/2024, de 23 de enero (Rcud 2981/2022) considerรณ que tres meses y dieciocho dรญas no era una interrupciรณn significativa en los cinco aรฑos que durรณ la contrataciรณn temporal en fraude de ley. โฃ
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๐๐ท๐ฒ๐บ๐ฝ๐น๐ผ ๐ฑ๐ฒ ๐ป๐ผ ๐ถ๐ป๐๐ฒ๐ฟ๐ฟ๐๐ฝ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐๐ถ๐ด๐ป๐ถ๐ณ๐ถ๐ฐ๐ฎ๐๐ถ๐๐ฎ ๐ฝ๐ผ๐ฟ ๐ณ๐ฟ๐ฎ๐๐ฑ๐ฒ: 4 meses y 13 dรญas (CT de 10 aรฑos): la STS 1085/2020, de 9 de diciembre (Rcud. 3954/2018) admitiรณ la concurrencia de unidad esencial del vรญnculo en una prestaciรณn de servicios de diez aรฑos de duraciรณn, mediante contrataciones laborales fraudulentas, con varias interrupciones, siendo la mรกs larga de cuatro meses y trece dรญas de duraciรณn.โฃ
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๐๐๐๐ป๐๐ฒ๐ฟ๐ฟ๐๐ฝ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป ๐๐ถ๐ด๐ป๐ถ๐ณ๐ถ๐ฐ๐ฎ๐๐ถ๐๐ฎ: circunstancias para determinar si se ha roto la unidad esencial del vรญnculo: han de examinarse las siguientes (SSTS 13/2026, de 14 de enero (Rec 194/2024), 963/2016, de 8 de noviembre (Rcud 310/2015), 494/2017, de 7 de junio (Rcud 113/2015), 501/2017, de 7 de junio (Rcud 1400/2016), 703/2017, de 21 de septiembre (Rcud 2764/15) y 156/2019, de 28 de febrero (Rcud 2768/2017):โฃ
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โก๏ธ El tiempo total transcurrido desde el momento en el que se pretende fijar el inicio del cรณmputo de la antigรผedad, incluido, en su caso, el periodo durante el que la persona trabajadora lleva vinculada a la empresa con una contrataciรณn indefinida.โฃ
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โก๏ธ El volumen de actividad desarrollado dentro de ese periodo.โฃ
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โก๏ธ El nรบmero y la duraciรณn de las interrupciones entre contratos.โฃ
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โก๏ธ La identidad de la actividad productiva.โฃ
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โก๏ธ La existencia de anomalรญas contractuales.โฃ
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โก๏ธ La regulaciรณn contenida al respecto en el convenio colectivo de aplicaciรณn.โฃ
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โก๏ธ Cualquier otra circunstancia que se considere relevante a estos efectos.โฃ
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