Artritis y Dolor crónico e IPT

Artritis reumatoide, Dolor crónico y Distimia ante la Incapacidad Permanente laboral.

En Valencia, a 25 de Febrero de 2021.

Con motivo de un reciente caso tratado en nuestro despacho, relativo a la solicitud de una incapacidad permanente derivado de las lesiones degenerativas de nuestra cliente por artritis reumatoide y dolor crónico, recordamos en esta nota la valoración alcance que tienen dichos problemas médicos en los trabajadores en orden a la calificación de los tribunales para el reconocimiento de una incapacidad permanente, sobre todo teniendo en cuenta el añadido, tristemente habitual, de la generación en la persona incapacitada de un estado ansioso depresivo reactivo como consecuencia de la pérdida de capacidad de trabajo.

Suele ser desgraciadamente cada vez más frecuente, que nuestro despacho haya tenido que afrontar casos relacionados con solicitudes de Incapacidad Permanente laboral derivados de enfermedades reumáticas, que son altamente incapacitantes para los trabajadores que deben mantener un alto tono físico en el desarrollo de sus actividades.

Nos referimos a cuadros clínicos tales como Poliartritis, Artritis reumatoide seronegativa, síndrome de dolor miofascial, signos de proceso degenerativo a nivel cervical, lumbar, así como pérdida de fuerza generalizada, sobre todo en extremidades, y Síndrome ansioso depresivo reactivo.

Dicha frecuencia y experiencia en el trato de dichas situaciones padecidas por nuestros cliente nos permiten abordar esta breve nota de resumen de cómo poder afrontar la solicitud de dichas incapacidades laborales.

I.- Concepto médico general de la Artritis Reumatoide (AR).

 

Según los manuales médicos oficiales y de uso de por los médicos de atención primaria, la Artritis reumatoide (AR) es una enfermedad autoinmune inflamatoria crónica asociada a varias formas de remodelación del hueso incluyendo la osteopenia, erosión en las articulaciones y la pérdida ósea generalizada u osteoporosis generalizada, llevando a un mayor riesgo de fracturas.

En fases precoces de la enfermedad, puede provocarse la Osteopenia yuxtaarticular y tumefacción de partes blandas. Las erosiones en los márgenes de las articulaciones que no están cubiertas de cartílago indican contacto directo con la membrana sinovial hipertrófica y suelen preceder a la reducción del espacio articular indicando agresividad de la proliferación sinovial que evoluciona a pinzamiento simétrico articular.

En las fases tardías de la enfermedad son típicas las subluxaciones y luxaciones, que pueden llegar a ser muy graves si aparecen en la columna cervical por la compresión medular.

En fases avanzadas se observa anquilosis ósea o cambios artrósicos secundarios en las articulaciones que soportan peso. La presencia de destrucción articular indica daño irreversible.

En los últimos años ha aumentado vienen apareciendo cada vez con más frecuencia los procesos comórbidos que presentan los pacientes afectos de una artropatía inflamatoria. Dicha enfermedad suele venir asociada como consecuencia de otras como las neoplasias, las infecciones, la enfermedad ulcerosa péptica, la arteriosclerosis y la osteoporosis en su salud.

Los orígenes de la enfermedad suelen encontrarse además en factores intrínsecos al paciente tales como la edad, el sexo y su base genética, entre otros, además de los factores extrínsecos que puedan causar pérdida ósea.

Además, existe una íntima relación entre la Osteoporosis y la Artritis. La ciencia médica cada vez está cercando más el conocimiento de la relación entre inflamación y pérdida ósea y el problema de la osteoporosis en los reumatismos inflamatorios.

 

II.- Manifestaciones de la enfermedad y posible afectación laboral.

La AR puede tener diversas manifestaciones en el desarrollo de la enfermedad, con afectación distinta a las posibilidades de la práctica de la profesión del trabajador, y las limitaciones consecuentes.

Así, por ejemplo, en la espondilitis anquilosante la altura de los discos vertebrales puede verse afectada y, cuando la anquilosis vertebral es completa, el disco se puede calcificar.

En la artritis psoriásica se afectan manos y pies, es típica la dactilitis por edema periarticular y tenosinovitis de los flexores, y fenómenos de proliferación ósea sobre todo en interfalángicas distales (en fases avanzadas puede destruir la articulación y producir subluxaciones).

En la artritis reactiva (de Reiter) se afectan tobillos y pies (tendón de Aquiles y fascia plantar), rodillas y sacroiliacas (la anquilosis es menos frecuente).

En la artropatía asociada a enfermedad inflamatoria intestinal puede haber artritis erosiva o deformante, sacroileitis (a veces poco o nada sintomática y otras el cuadro es como en la espondilitis anquilosante) y entesitis del tendón de Aquiles y fascia plantar.

III.- Pericial médica y tratamiento jurídico de la Artritis Reumatoide (AR).

A priori, los Juzgados y Tribunales del orden social, han venido considerando que la artritis reumatoide con deformación articular, como regla general, no es de las enfermedades que por sí solas inhabiliten de manera plena para el ejercicio de toda profesión u oficio, según las exigencias que son propias del débito laboral.

Privan al trabajador de la utilización de sus manos en el plano laboral, ya que con ellas no puede realizar esfuerzo alguno ni incluso aprehender objetos, pero no impiden todo quehacer retribuido (SSTS de 12 de diciembre de 1986 y 7 de abril de 1989).

No obstante, dicha consideración general no puede tomarse como una nota de aplicación general. Así, debe estarse a las pruebas diagnósticas y grado funcional de la enfermedad.

En ese sentido, lo que debe profundizarse es un estudio en profundidad de la gravedad de la enfermedad, mediante las pruebas médicas oportunas objetivadas y evaluadas convenientemente por una buena pericial médica.

Dicha pericial médica deberá incidir convenientemente en la evaluación de la disminución del balance de las articulaciones afectadas (muñecas, rodillas, tobillos, manos metacarpo falángicas, …), la prueba de la evidencia en la destrucción del cartílago y la ausencia de deformidad articular, ver si se presentan signos radiológicos destructivos, signos de sinovitis y/o limitación de la movilidad en dichas articulaciones, después del tratamiento farmacológico y rehabilitador que tenga pautado.

Tras todo ello, la pericial médica tratará de clasificar la gravedad de las lesiones dentro de la oportuna Escala de Clasificación de la capacidad funcional en la Artritis Reumatoide (ARA 1949), conocida como grado funcional de Steinbrocker (Steinbrocker O, Traeger CH, Batterman RC. Therapeutic criteria in rheumatoid arthritis. JAMA 1949; 140: 659-662), el cual mide distintos tipos de capacidades o clases:

  1. Capacidad funcional completa para realizar las actividades habituales sin dolor ni limitación;
  1. Capacidad de realizar las actividades habituales a pesar de presentar dolor o limitación en una o más articulaciones;
  1. Capacidad funcional restringida a pocas o ninguna de las actividades o únicamente al cuidado personal;
  1. Incapacidad. Enfermos confinados en la cama o en una silla.

En esencia lo que se persigue con la pericial médica, es la acreditación del impedimento para la persona trabajadora para poder realizar los esfuerzos necesarios que exijan su profesión habitual, y que normalmente tendrán que ser las de levantar cargas o levantar pesos o ejecutar trabajos de precisión con ambas manos, o agilidad manual para el trabajo, la sedestación o bipedestación prolongada, los giros o posiciones forzadas o mantenidas, etc.

Se debe ser muy certero con el examen, pues los detalles de cada caso son importantes, tales como por ejemplo el hecho de que la persona trabajadora afectada, verbigracia, sea diestra de constitución, y que en el resto de la articulación la afectación sea menor, con un balance articular y un balance muscular en las extremidades compensado o no, simétrico o no, o conservado o no lo sea.

IV.- Trastornos reactivos asociados a la AR: el dolor crónico y sus manifestaciones.

 

Como se ha comentado antes, a la patología indicada de la AR, suele venir asociada a la afectación a un síndrome del dolor crónico (EAV 8/10), que puede ser incapacitante y limitante en actividades de la vida diaria.

 

Existen diferentes medios para objetivar o medir el dolor. Una de las escalas más usuales es la Escala visual analógica del dolor (EVA), la cual permite medir la intensidad del dolor que describe el paciente con la máxima reproducibilidad entre los observadores. Consiste en una línea horizontal de diez cm., en cuyos extremos se encuentran las expresiones extremas de un síntoma. En el izquierdo se sitúa la ausencia o menor intensidad y en el derecho la mayor intensidad. Se pide al paciente que marque en la línea el punto que indique la intensidad y se mide con una regla milimetrada. La intensidad se expresa en centímetros o milímetros. La valoración será: 1 Dolor leve si el paciente puntúa el dolor como menor de 3. 2 Dolor moderado si la valoración se sitúa entre 4 y 7. 3 Dolor severo si la valoración es igual o superior a 8.

 

Nuevamente, la objetivación ha de realizarse a través de la aportación de los correspondientes informes médicos. La historia clínica suele ser amplia.

Debe aportarse, desde luego, el informe de los especialistas: un reumatólogo y un internista quienes deben diagnosticar la enfermedad. También es importante tener a mano los informes de la unidad del dolor.

Al ser tan extenso y complejo este apartado, lo trataremos en una entrada aparte en el futuro, pues el objeto de la presente nota se centra en las AR.

 

 

V.- Trastornos reactivos asociados a la AR: el trastorno afectivo distímico.

A la patología indicada de la AR, como en cualquier afectación física grave, le suele venir unida algún tipo de trastorno directo o indirecto o relacionado, tributario de aquel principal.

En este caso tratado, suele presentarse algún tipo de trastorno afectivo de tipo distímico que suele describirse en estos casos como trastorno depresivo reactivo a la patología orgánica de carácter autoinmune.

Recordemos que el trastorno distímico, o distimia, se define como un tipo de trastorno afectivo o del estado de ánimo que a menudo se parece a una forma de depresión mayor menos severa, pero más crónica.

El trastorno ansioso depresivo, depresión moderada o distimia, es una patología caracterizada por los síntomas depresivos de bajo grado, fundamentalmente de tipo subjetivo (humor y cognición), que la ciencia médica ubica un paso más allá del temperamento melancólico, en un continuum, con los episodios afectivos mayores en el otro extremo y, resulta incompatible con el desempeño de aquellas tareas laborales que exijan concentración y disponibilidad física, con pleno equilibrio psíquico o gran tensión emocional, aunque no lo sea con otras, que se acomodan al tipo de requerimientos de este tipo de enfermos, de tal manera que se pueden realizar labores o tareas compatibles con la distimia (exaltación morbosa del estado afectivo).

Quien padece dicha enfermedad se encuentra aquejado de un ánimo triste, unido a sentimientos incapacitantes y muchas veces dolorosos y, en general, una situación de ansiedad, pudiendo incluso llegar a advertirse alteraciones sensoperceptivas más o menos significativas. En grados mayores, puede notarse la adición de un diagnóstico de depresión mayor o asociado a síntomas sicóticos que produzcan un deterioro irreversible de la personalidad.

En dicho caso, nuevamente el paciente deberá someterse al debido seguimiento y tratamiento de la enfermedad por los Servicios de Salud Mental que le sean competentes por su domicilio, debiendo someterse a las debidas revisiones periódicas y terapias farmacológicas. Esto, que parece evidente, muchas veces se olvida por los clientes, quienes pierden toda esperanza de recuperación y desisten de seguir el tratamiento.

En el plano eminentemente jurídico, hay que recordar que es doctrina jurisprudencial consolidada que establece, siguiendo un criterio médico pacífico, que las depresiones endógenas y secundarias a otros procesos patológicos graves con evolución de más de un año y medio a dos años, pueden considerarse crónicas, aunque se favorezcan con tratamientos y circunstancias de naturaleza transitoria, lo que refuerza las solicitudes de incapacidad derivadas de dichas secuelas.

Bajo todo este panorama, recomendamos el estudio de la situación particular del caso, para conocer las posibilidades de éxito del caso, sobre todo a la luz de la evaluación del historial médico del paciente y las pruebas diagnósticas que deberán estar debidamente actualizadas y con una conclusión médica concreta y contundente.

Como siempre, desde VINCIT ABOGADOS, nos ponemos a disposición de trabajadores y empresarios para el conocimiento de sus derechos laborales, a través de consultas@vincit.es o directamente por cualquiera de los medios de contacto indicados en www.vincit.es

 

VINCIT ABOGADOS

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