0_Stcia SSTI Vincit Abogados Estima Despido Procedente No Nulo IT Fraude Prueba Video Pero No Reconvencion Mrz26

Caso de éxito: Despido procedente con prueba videográfica y no nulo durante IT en fraude, y sin reconvención (Stcia Secc. Soc. TI Valencia, 23/03/2026)

I.- DEMANDA DE NULIDAD DE DESPIDO POR DISCRIMINATORIO

 

Una reciente que puede CONSULTARSE AQUÍ: sentencia de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Valencia de 23/03/2026, confirma el despido defendido por VINCIT ABOGADOS, en defensa del derecho de la mercantil empleadora, nuestro cliente, desestimando a su vez la demanda del trabajador, quien solicitaba la declaración de nulidad de su despido por vulneración del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación durante su IT, con indemnización por daños morales de 10.000 euros, más cantidades salariales; o, subsidiariamente, la improcedencia, con condena de la empresa a las consecuencias legales correspondiente; al tiempo que no se estima la concreción del daño en la demanda reconvencional de esta parte. Dicha sentencia, que no es firme.

 

II.- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

 

Nos encontramos ante un procedimiento en el que la parte actora impugna su despido interesando, con carácter principal, la nulidad por vulneración de derechos fundamentales, y subsidiariamente la improcedencia, acumulando además reclamación de cantidad.

La empresa demandada, por su parte, no solo se opone, sino que formula demanda reconvencional, reclamando indemnización por daños (lucro cesante, daño emergente y daño moral).

 

III.- HECHOS RELAVANTES ACREDITADOS 

 

A la vista del acervo probatorio, se constata:

  • La existencia de ausencias reiteradas e injustificadas del trabajador, alcanzando hasta 18 días en un periodo breve.
  • La prestación de servicios simultánea en otro establecimiento, incluso durante supuestas situaciones de enfermedad.
  • La existencia de conductas de deslealtad y transgresión de la buena fe contractual, incluyendo faltas de respeto al empleador.
  • La acreditación documental y videográfica de los incumplimientos.

Estos hechos son considerados por el órgano judicial como graves, culpables y plenamente imputables al trabajador.

 

IV.- FUNDAMENTACIÓN JURIDICA 

 

Desde un punto de vista técnico, la sentencia articula su razonamiento sobre tres ejes clave:

  1. a) Despido disciplinario (arts. 54 y 55 ET)

Se concluye que concurre causa válida de despido al amparo del art. 54.2 ET, al existir incumplimientos graves y reiterados.

Asimismo, se acredita el cumplimiento de los requisitos formales (carta de despido detallada y comunicación fehaciente), lo que excluye cualquier vicio formal.

  1. b) Inexistencia de vulneración de derechos fundamentales

El juzgador descarta la nulidad al no apreciarse indicios de lesión de derechos fundamentales, considerando que el despido responde exclusivamente a la conducta del trabajador.

  1. c) Reconvención empresarial: carga probatoria reforzada

La sentencia, no obstante, es especialmente rigurosa al analizar la reconvención, exigiendo:

  • Prueba real, concreta y causal del daño
  • Rechazo de meras estimaciones o informes unilaterales

Así, se concluye que:

  • El lucro cesante no puede basarse en hipótesis
  • El daño emergente requiere prueba directa
  • El daño moral es excepcional en el ámbito laboral

Todo ello conduce a la desestimación íntegra de la reconvención.

 

IV.- FALLO DE LA SENTENCIA

 

El órgano judicial acuerda:

  • Procedencia del despido disciplinario
  • Desestimación de la nulidad por inexistencia de vulneración de derechos fundamentales
  • Estimación parcial de la reclamación de cantidad (salarios y vacaciones)
  • Desestimación íntegra de la reconvención empresarial

 

V.- ¿POR QUÉ ES RELEVANTE LA SENTENCIA? 

 

Desde nuestra perspectiva profesional, consideramos que esta resolución presenta especial interés por varias razones:

 

🔹 1. Refuerzo del estándar probatorio en reconvenciones empresariales

 

La sentencia eleva el nivel de exigencia probatoria, rechazando de forma clara:

  • Informes internos no contrastados
  • Estimaciones económicas sin base objetiva

Esto limita el uso estratégico de reconvenciones como mecanismo de presión procesal.

 

🔹 2. Clarificación del fraude en situaciones de incapacidad temporal

 

Resulta especialmente relevante la valoración de la conducta del trabajador que:

  • Simula o instrumentaliza la baja
  • Compatibiliza indebidamente actividad laboral

La sentencia consolida una línea jurisprudencial que califica estas conductas como incumplimientos muy graves.

 

🔹 3. Delimitación estricta de la nulidad por derechos fundamentales

 

Se refuerza la idea de que:

No basta con alegar vulneración, sino que deben existir indicios sólidos y conectados causalmente con el despido

Esto aporta seguridad jurídica frente a alegaciones genéricas.

 

🔹 4. Valoración probatoria de medios tecnológicos (vídeo)

 

La admisión y valoración de prueba videográfica como elemento clave en la acreditación del incumplimiento refuerza su peso en litigios laborales actuales.

 

VI.- CONCLUSIÓN

 

Desde Vincit Abogados, entendemos que esta sentencia constituye un ejemplo claro de:

 

  • Aplicación rigurosa del régimen del despido disciplinario
  • Exigencia probatoria tanto al trabajador como a la empresa
  • Equilibrio entre protección de derechos fundamentales y sanción de conductas fraudulentas

 

Se trata, en definitiva, de una resolución técnicamente sólida, útil en litigación estratégica y con valor doctrinal práctico, especialmente en supuestos de absentismo fraudulento y reconvenciones empresariales.

 

Nos congratulamos, no solo por el fallo judicial obtenido a favor de nuestro cliente, sino porque se hace justicia material acorde a las particulares circunstancias del caso y que afectan al mismo.

 

En VINCIT Abogados somos especialistas y tenemos una amplísima experiencia en materia laboral. Si necesita más información para puede contactar con nosotros al Tlfno. 96-168.71.69 o enviarnos sus dudas al correo electrónico consultas@vincit.es.

 

 

VINCIT ABOGADOS

www.vincit.es

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