Recientemente, en VINCIT ABOGADOS, hemos obtenido una nueva sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a favor de nuestra cliente, por la que se confirma el fallo ya obtenido en la primera instancia, en la que ya se reconocía a la misma trabajadora el reconocimiento del grado de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual.
La lectura completa de la nueva sentencia obtenida, cuyo texto puede consultarse aquí: Sentencia TSJ CV, confirma la declaración de Incapacidad Permanente Total para una trabajadora de línea en la industria alimentaria, debido a la incompatibilidad de las tareas de dicho puesto de trabajo, con las lesiones que arrastraba.
El cuadro clínico de la trabajadora es el siguiente: Fibromialgia. Fatiga crónica. Protrusiones discales: cervicalgia y lumbalgia. Espondiloartrosis, cérvico lumbar. Trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo. Leiomioma esofágico. Miastenia gravis.
Sin embargo, se declara probado que en su puesto de trabajo la trabajadora desarrollaba las tareas siguientes: Toda la jornada laboral en bipedestación; alimentaba la línea volcando el queso y el fiambre en la tolva, Flexión del tronco y rodillas de forma continuada para coger la materia prima de las cajas y volcarla a la máquina; manipulación manual de cargas (los bloques de queso tienen un peso aproximado de 10 kg y los bloques de fiambre de peso 12-13 kg); Uso de escalera de dos o tres peldaños para acceder a la zona de la tolva.
Puesto en relación el cuadro clínico con las funciones descritas, se ratifica el grado de incapacidad, sobre la base probatoria de los informes médicos de la medicina pública en relación con la prueba pericial médica practicada a instancias de este despacho
Y es que la profesión habitual de “Operaria de preparación de productos cárnicos”, incluida en la Guía de Valoración Profesional del INSS , como profesión de “Operaria de la industria manufacturera (CON-11:9700)” conlleva unos requerimientos de carga física, biomecánica y manejo de cargas, así como de bipedestación mantenida de grado 3 sobre 4 , que difícilmente va a poder mantener durante toda su jornada la actora, con el cuadro clínico que presenta, en especial por la fatiga crónica y la miastenia gravis.
Por tanto, se procede a concluir la ratificación de la estimación de la demanda presentada por este despacho en su día en nombre de nuestra cliente, toda vez que se ha forjado la convicción de la juzgadora en el sentido de que la demandante no puede desempeñar todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual de operaria de preparación de productos cárnicos.
También puede consultarse en esta misma web (leer aquí), la sentencia del Juzgado de lo Social de Valencia de Junio de 2023, cuyo contenido puede consultarse aquí, ha reconocido a nuestra cliente la declaración la Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual de peón de la industria cárnica.
Para más información sobre este tipo de dolencias e incidencia laboral, puede consultarse la entrada específica realizada el pasado 16/01/2022, en el que ya publicamos una nota en nuestra web, titulada, Reconocimiento De La Fibromialgia Por INSS Y Tribunales, Como Incapacidad Permanente Laboral, la cual pueden consultar de nuevo aquí.
Pese a que la sentencia comentada aún no es firme, y cabe Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo contra la misma, entendemos que la claridad expositiva en su contenido e interés merece el presente comentario, amén de ofrendar un merecido reconocimiento de justicia a nuestra cliente.
Nos congratulamos, no solo por el fallo judicial obtenido a favor de nuestra cliente, sino porque se hace justicia material acorde a las particulares circunstancias que afectan a la misma.
VINCIT ABOGADOS
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