🎓 Comentario de reciente jurisprudencia: la STS 2343/2024, 17/04/2024 – ECLI:ES:TS:2024:2343
📓 Supuesto: Incapacidad Permanente Total y declaración de una Base Reguladora inferior a la legal por el trabajador demandante.
🔔 ATENCION: No existe incongruencia extra petita, si el Tribunal, de oficio, reconoce una Base Reguladora superior a la demandada por el trabajador.
📭 El TS confirma su doctrina: Se reitera como vigente la doctrina STS 16 de febrero de 1993 (rcud 1203/1992) con los siguientes requisitos:
a) La pretensión del actor se configura con lo pedido en el suplico de la demanda y también con la norma de derecho necesario que regula la materia;
b) La petición de una prestación inferior a la legal se debe atribuir a un error del demandante, que el juez puede y debe corregir;
c) Si la sentencia que se ajustara literalmente al suplico de la demanda estaría consagrando una renuncia inválida de derechos prohibida en el artículo 143 LGSS/15 (antes en art. 69 LGSS/74, y 105 LGSS/94);
y d) la Entidad Gestora INSS no puede alegar indefensión, ni que se haya violado el principio de contradicción pues conoce la base reguladora (certificaciones de empresa y es conocedora de la norma para el cálculo de la base económica de la prestación).
🦉 Otras aplicaciones de esta doctrina: Ya se ha reiterado respecto del porcentaje de incremento del veinte por ciento de la incapacidad permanente total cualificada (artículo 196.2 LGSS de 2015), y se mencionan en la STS 16 de febrero de 1993 (rcud 1203/1992); y las SSTS 28 de septiembre 2006 (rcud 2454/2005); 132/2020, de 12 de febrero ( rcud 2736/2017); 789/2020, de 23 de septiembre ( rcud 1548/2018); y 512/2021, de 11 de mayo ( rcud 3271/2018).
🎖️ Consecuencia: La irrenunciabilidad de los derechos de la Seguridad Social y la doctrina de la sala 4ª del TS, pueden corregir errores en el reconocimiento de una base de cotización.
💼Lectura de la sentencia completa aquí:
Vincit Abogados.