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Incapacidad Permanente y su revisión por el INSS|

Mejoría, agravación, error de diagnóstico y revisión en las Incapacidades laborales.

El INSS podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado incapacitante profesional, en cualquier grado, inicial o de revisión, siempre que el beneficiario no haya cumplido la edad mínima de jubilación. El procedimiento de revisión de las prestaciones distingue hacerlo por agravación, mejoría o error de diagnóstico, o incluso posible incompatibilidad con nuevo un trabajo por cuenta propia o ajena. Repasamos todos los supuestos y sus requisitos.

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