Subcontratación laboral: supuestos de responsabilidad solidaria empresarial por reclamación de salarios y Seguridad Social.
Recordamos los supuestos de cesión de actividad, principal o complementaria, en el ámbito de contratas y subcontratas, por obras o servicios. En el caso de cesión de actividad propia o principal, el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores reconocen una responsabilidad solidaria de la empresa comitente y la contratista de la actividad, lo que amplía los derechos laborales y de Seguridad Social de los trabajadores. Enumeramos de manera práctica los supuestos estudiados por el Tribuna Supremo (comedores en colegios, obras de telefonía, centros de ayuda de la tercera edad, seguridad y vigilancia, construcción, etc.).